Esta ley da unos nuevos pasos a seguir por la administraci'on e introduce ciertas modificaciones sobre la LSSI, en una primera lectura estos son la serie de puntos importantes:
- El capítulo I de la Ley introduce sendos preceptos dirigidos a impulsar el empleo de la factura electrónica y del uso de medios electrónicos en todas las fases de los procesos
de contratación y a garantizar una interlocución electrónica de los usuarios y consumidores con las empresas que presten determinados servicios de especial relevancia económica.
....
obligatoriedad del uso de la factura electrónica
en el marco de la contratación con el sector público
estatal....
...
la Administración General
del Estado que impulsará el empleo de la factura electrónica
entre los diversos agentes del mercado, en particular
entre las pequeñas y medianas empresas y en las denominadas
microempresas,...
...
las Comunidades
Autónomas en el ámbito de sus competencias
desarrollarán, en cooperación con las asociaciones representativas
de las empresas proveedoras de soluciones
técnicas de facturación electrónica y de las asociaciones
relevantes de usuarios, un plan para la generalización del
uso de la factura electrónica... - Capitulo II ... modificaciones ...a la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico y a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica
(sobre el secuestro de web e interrupcion de servicio web) ... restricciones
a la prestación de servicios de la Sociedad de la
Información, el artículo 8 incorpora además el principio
de que solo la autoridad judicial competente, en los casos
en que la Constitución y las leyes de los respectivos derechos
y libertades fundamentales así lo prevean de forma
excluyente, podrán adoptar las medidas restrictivas previstas
en este artículo, en tanto que garante de los derechos
a la libertad de expresión, de producción y creación
literaria científica y técnica, de información y de cátedra
...
supresión de la obligación establecida en el
artículo 9 sobre constancia registral de los nombres de
dominio, dado que se ha revelado como poco operativa
desde un punto de vista práctico
....
nuevo artículo 12 bis que
establece la obligación de los proveedores de acceso a
Internet establecidos en España a informar a sus usuarios
sobre los medios técnicos que permitan, entre otros, la
protección frente a virus informáticos y programas espía,
la restricción de los correos electrónicos no solicitados, y
la restricción o selección del acceso a determinados contenidos
y servicios no deseados o nocivos para la juventud
y la infancia.
Igualmente, se obliga a dichos prestadores, así como
a los prestadores de servicios de correo electrónico a
informar a sus clientes sobre las medidas de seguridad
que aplican en la provisión de sus servicios.
Asimismo, se encomienda a los proveedores de servicios
de acceso la función de informar a sus clientes sobre
las posibles responsabilidades en que puedan incurrir por
el uso de Internet con fines ilícitos, en particular, para la
comisión de ilícitos penales y por la vulneración de la legislación
en materia de propiedad intelectual e industrial
...
En materia de comunicaciones comerciales se flexibiliza
la exigencia de información prevista en el vigente
artículo 20 sobre mensajes publicitarios a través de correo
electrónico o medios de comunicación equivalentes de
modo que en vez de la inserción del término «publicidad»
al inicio del mensaje pueda incluirse la abreviatura
«publi»
...
Foto de Jaume d'Urguell